España anunció que exime a los contenedores de los requisitos necesarios de rotulación si sirven para enviar mercancías peligrosas. De esta manera, se les equiparan al mismo nivel que se conoce por cajas móviles y se extenderá hasta 2025.

En la Directiva Europea que regula el transporte terrestre de mercancías peligrosas, España ha articulado una nueva excepción nacional para permitir las excepciones nacionales que sean autorizadas. Por lo general, cuando se trata del transporte de mercaderías peligrosas, es requerido que exista placas-etiquetas colocadas en los contenedores, excepto si se trata de una operación exclusiva por carretera.

Por esta excepción, hasta el 1 enero de 2025 no será necesario colocar placas-etiqueta –y por consiguiente tener altura libre– en los contenedores sin importar si se les incluyen bultos si es para el transporte exclusivo por carretera.

Según las autoridades, cuando un contenedor diferente de un contenedor cisterna se utiliza para transportar sólo carreteras y no está relacionado con el transporte intermodal, podría ser que se trate de un contenedor móvil, una especie de caja, y por lo tanto, no necesita ningún tipo de placas o etiquetas hasta que llegue a la clase 1 o 7.

Según el dictamen, los contenedores se pueden comparar a las cajas móviles ya que ambos cuentan con condiciones de seguridad. Sin embargo, los contenedores gozan de mayores garantías debido a sus especificaciones y diseños.