La reciente disparidad en la normativa sobre la venta de bebidas energéticas, como Monster, Burn o Red Bull, está generando preocupación entre los distribuidores de alimentos y bebidas en España. Las asociaciones ASEDAS y La Distribución ANGED han alertado sobre las “graves consecuencias” de la falta de unidad de criterios en el mercado interior.

El foco del debate son las diferencias entre Galicia y Asturias. En Galicia, la Ley de Protección de Personas Menores y Prevención de Conductas Adictivas, publicada el 7 de enero, establece los 18 años como edad mínima para consumir bebidas energéticas. Asturias, por su parte, está a punto de aprobar una ley que fija la edad mínima en 16 años, e introduce además restricciones sobre la compra de estas bebidas por adultos cuando van acompañados de menores.

Esta disparidad puede dar lugar a situaciones insólitas: un joven de 17 años podría adquirir bebidas energéticas en un municipio asturiano a pocos minutos de uno gallego donde estaría prohibido. Según las asociaciones, estas diferencias no se justifican con criterios científicos o de salud pública y provocan una “grave fragmentación del mercado interior”.

Las nuevas normas también complican el trabajo de los distribuidores. En Asturias, el personal deberá comprobar dos edades distintas según el producto: 16 años para bebidas energéticas y 18 para alcohol, aplicando además la restricción de acompañamiento en el caso de los adultos. Esto genera dificultades en las cajas y aumenta la carga de responsabilidad sobre los empleados, que deben explicar a los clientes una medida sin precedentes en España.

Por estas razones, ASEDAS y La Distribución ANGED solicitan al Gobierno asturiano y a los grupos parlamentarios que reconsideren la regulación y realicen los ajustes necesarios. Su objetivo es preservar la unidad del mercado, evitar costes excesivos para el sector y garantizar que la distribución continúe colaborando en la protección de menores y la promoción de hábitos de consumo responsables.